| Guía segura para adquirir una propiedad. 1.- El paso principal es obtener los servicios de una empresa especializada en bienes raíces que cobrará una comisión del 6 al 8% sobre el valor del inmueble, así como la elección de un notario público de confianza. 2.- Buscar las siglas AMPI para garantizar una revisión legal a fondo; esto facilitará la transacción ya que el plazo de cierre es fundamental. 3.- Asegurarse que el vendedor se haga cargo de los costos de cierre, incluyendo los gastos, impuestos y cuotas. 4.- Analizar todas las posibilidades de financiamiento. Actualmente hay financiamiento directo a corto y mediano plazo para compradores nacionales y extranjeros, así como los compradores estadounidenses tienen créditos hipotecarios para adquirir o construir su casa vacacional en México. Este tipo de financiamiento está disponible a través de empresas como Collateral Mortgage, LTD que otorga créditos hasta del 50% del valor del inmueble, a partir de $400.000 dólares USA y por 20 años a ciudadanos norteamericanos residentes en Estados Unidos que desean construir, remodelar o adquirir una propiedad vacacional en México. Otra forma mediante la cual los compradores extranjeros logran fondos para tener bienes en nuestro país, es obteniendo financiamiento contra inmuebles o valores en su nación. El pago mínimo del enganche es del 30% y los intereses anuales son del 8.75% en adelante. El importe mínimo del crédito es de $100.000 dólares USA y el máximo de $800.000. 5.- El notario público actúa como agente responsable del bien inmueble. Generalmente no se utiliza un seguro de título pero si existen compañías mexicanas y extranjeras que ofrecen este servicio, Es más un contrato de indemnización entre el asegurado y la compañía emisora de la póliza. Además un seguro de título es un análisis minucioso y una valoración de los documentos públicos y privados y planos entre otros, relativos al título de propiedad. Cuando surge una pérdida o reclamación adversa a la póliza de seguro de título emitida por una empresa, ésta queda obligada a: I) Indemnizar al asegurado por la pérdida sufrida, siempre y cuando dicha pérdida o menoscabo no resulte de un problema de titulación que haya sido expresamente exceptuado en la póliza. II) Pagar los costos de defensa y proteger al asegurado ante cualquier reclamación que cuestione la validez y prelación de sus derechos sobre el inmueble. III) De ser factible, eliminar o curar el defecto o gravamen que afecta al título en cuestión. |